COMUNICADO PARQUEADEROS

 

COMUNICADO 002

 

SEÑOR RESIDENTE

 

Informamos que a partir del 2 de enero de 2025 se estará efectuando control en el uso del parqueadero, recuerde que cada apartamento tiene asignado su parqueadero en el cual el propietario debe parquear su vehículo (No 16 CAPITULO 4) FALTA GRAVE, igualmente debe estar registrado en administración (No 10 CAPITULO 4).

Los vehículos que NO estén registrados serán reportados a tránsito para que sean retirados del conjunto, NO se moleste por el nivel de exigencia que se va a tener frente al cumplimento de la norma.

Vehículo mal estacionado será sancionado de inmediato (falta grave) recuerde que la sanción por mal parqueo va según en el manual de convivencia está tipificado como falta grave de (4) a (10) cuotas de administración.

 

  1.          Aquellos apartamentos que tienen 2 vehículos deberán gestionar el   área de parqueo del segundo vehículo con otro propietario e informar a la administración al correo, de igual manera a los apartamentos que tienen carro y moto.
  2.     Las personas que tienen remolques o tráiler se les solicita que por favor los RETIREN (CAPITULO 4 No 8)
  3.      NO esta permitido el parqueo de motos en zonas de circulación (CAPITULO 4 No 9)
  4.    NO esta permitido parquear vehículos en zonas no autorizadas o parquear en parqueaderos privados (FALTA GRAVE).

5.     Los visitantes deberán parquear en el parqueadero que le corresponde al apartamento del residente, si se encuentra ocupado el anfitrión deberá gestionar el parqueadero de su visitante haciéndose responsable de que si la visita se demora mas de 24 horas se le cobrará por horas el 1% de la cuota administrativa.

6.     Se recomienda al residente y a los propietarios con los vehículos abandonados por cualquier causa que por favor los arreglen o de lo contrario se informara a transito (CAPITULO 9 No 4)

 

La administración NO PUEDE GARANTIZAR

1.     Los parqueaderos para motos pues no hay área establecida para ese uso

2.     Los parqueaderos para guardar bicicletas porque no se ha legalizado

3.     Los parqueaderos autorizados para visitantes son para las personas que ocasionalmente vienen de visita.

4.     El cuidado de objetos personales (bolso, maleta, casco, líquidos, tarros, dineros, joyas, sillas, bicicletas, carpas, tráiler, canastas, carros de mercado, camas, muebles, mercados) cada personas es responsable de sus objetos personales, la administración ni el área de seguridad responderán por ellos.

 

Atentamente,

 

Administración Florida 4

 

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